La Portabilidad Numérica Móvil es la posibilidad de cambiar de empresa de telefonía móvil manteniendo tu número. Cambiarse de compañía implica que finaliza el contrato con tu compañía actual y contratas un nuevo servicio con otra compañía.
¿Cuál es el trámite y requisitos para pasar mi número de otro
operador a Claro?
Se debe presentar la solicitud de portabilidad por
escrito ante el concesionario que se desea contratar (concesionario receptor),
junto con la documentación correspondiente, que puede variar por cada tipo de
abonado. El formato de solicitud de portabilidad será proporcionado por el
concesionario receptor al abonado a efectos de que llene sus datos.
A dicho formato el abonado deberá adjuntar copia de su
documento legal de identificación. Si el abonado actúa mediante representante
se deberá adjuntar copia del documento legal de identificación del
representante y poder con firma legalizada ante notario público. Si el abonado
es una persona jurídica se deberá adjuntar copia del documento legal de
identificación del representante y el certificado de vigencia de poderes donde
conste el poder otorgado.
Sólo en el caso de abonados postpago, al formato de
portabilidad se deberá adjuntar además: (i) copia del último recibo
entregado por el concesionario que se quiere dejar y (ii) copia de la constancia
de pago del recibo anteriormente mencionado.
Si a la fecha de la solicitud de portabilidad el abonado
tiene deuda vencida garantizada o deuda vencida reclamada, el formato de
portabilidad contendrá la declaración jurada respectiva.
¿La solicitud de Portabilidad puede ser rechazada?
Ya existe una solicitud de portabilidad previa en trámite.
b. Todavía no se cumple el plazo mínimo (2 meses) para volver a
solicitar la portabilidad numérica.
c. El número móvil declarado en la solicitud no corresponde a la
empresa operadora móvil que se quiere dejar (Concesionario Cedente).
d. En la solicitud se indicó que el número era prepago, siendo
postpago o control o viceversa.
e. El abonado prepago no aparece en el Registro de la empresa
operadora móvil que se quiere dejar (Concesionario Cedente) o el número de
identidad no corresponde con el que figura en el Registro.
f. El abonado tiene deuda pendiente no garantizada ni
reclamada.
g. El abonado tiene el servicio suspendido por deuda, por mandato
judicial, por declaración de insolvencia o por uso indebido.
h. Ya transcurrieron más de treinta (30) días calendario desde que
el abonado terminó su relación contractual con la empresa operadora móvil que
quiere dejar (Concesionario Cedente). El Concesionario Receptor deberá
comunicar al abonado el rechazo de su solicitud de portabilidad a más tardar al
día hábil siguiente de recibida la comunicación del Administrador de la Base de
Datos Centralizada Principal, mediante cualquier mecanismo que deje constancia
de su recepción.
¿Qué pasa si tengo pagos pendientes con la empresa operadora móvil que
quiero dejar (Concesionario Cedente)?
Deberás pagar al operador Cedente todos los recibos telefónicos pendientes de pago incluido el último recibo telefónico recibido antes de la fecha de presentación de la Portabilidad, para tener derecho a la Portabilidad. Si tienes montos pendientes de pago adicionales a los anteriormente mencionados estarás obligado a pagarlo aún cuando te hayas cambiado de operador.
La Portabilidad numérica no te libera de las obligaciones derivadas de la terminación del contrato con la empresa operadora móvil que deja de prestarte el servicio.
Si no cumples con pagar los
montos adeudados al Operador Cedente, éste estará facultado a solicitar la
suspensión del servicio a su actual concesionario.
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